Logo pse

Este 30 de abril del 2019, el Tribunal Administrativo de Caldas dio a conocer su decisión de confirmar la medida cautelar de suspensión provisional, proferida en diciembre del 2018 por el Juzgado 8° Administrativo del Circuito de Manizales, con implicaciones en nuestro proyecto Vitalia, de la Biociudadela TierraViva.

No obstante, de nuevo hay división en el tribunal, pues uno de los tres magistrados se mostró en desacuerdo con mantener las medidas cautelares y lo expresó mediante un salvamento de voto (consúltelo aquí).

Por una parte, el tribunal expresa: “La razón por la cual la sala considera necesario mantener la medida cautelar (…) obedece a la necesidad de que se aporten elementos de juicio adicionales a los que ya existen en el proceso”.

Sin embargo, el magistrado que ya había hecho salvamento de voto en otra decisión similar del tribunal reitera:

No se cumple el requisito consistente en que ‘…se hayan presentado los documentos, informaciones, argumentos y justificaciones que permitan concluir, mediante un juicio de ponderación de intereses, que resultaría más gravoso para el interés público negar la medida cautelar que concederla’”.

Además, el magistrado señala que esto “torna en este momento procesal improcedente decretar las medidas cautelares solicitadas. Por idénticas razones, tampoco se encuentra acreditada la existencia de un perjuicio irremediable en este asunto”.

En análisis

Por el momento, estamos realizando el análisis de esta providencia (15 páginas) con nuestro equipo jurídico, para tomar decisiones y las líneas de acción pertinentes en el ámbito legal, como también respecto al impacto económico que causan.

En su momento comunicaremos tales decisiones, no sin antes aclarar que esta nueva providencia no cambia el estado actual del proyecto -pues está suspendido- y no es una decisión de fondo. Además, los acuerdos y decisiones manifestados en las reuniones de marzo, enviados ya a ustedes, siguen vigentes.

*Nota: Es importante aclarar, tal y como lo manifestamos en las reuniones de marzo, que se puede solicitar suspender las medidas cautelares las veces que sea necesario, siempre y cuando haya nuevos argumentos.

 

 

Redacción: Carlos García, director de Comunicaciones CFC. [email protected]
chat